Decreto 67/08 Contribución Inmobiliaria
El decreto 67/08 está pensado para beneficiar a todas aquellas personas jubiladas, pensionistas o jefas de hogar (que tengan menores a cargo).
Beneficios:
.Si el padrón tiene deuda, la misma se exonera.
.Abonarán la contribución del próximo año con descuento.
Documentación a presentar:
.Último recibo de ingresos del núcleo familiar de BPS (en caso de que uno de ellos no cuente con ingresos, solicitar un negativo de cobro).
.Timbre profesional de $250.
.Cédula de identidad.
.Título de propiedad (en caso de ser poseedores, usufructuarios, etc. presentar certificado notarial con menos de 30 días.
.Certificados médicos(en caso de enfermedades y/o incapacidad).
.Tenencia del menor (solo para jefes de hogar).
Requisitos:
.Ser única propiedad y vivir permanentemente en ella.
Período:
.Del 1° de octubre al 20 de diciembre.
Aclaración:
.Es un decreto que deben realizar todos los años en el mismo período.
DESDE EL MUNICIPIO DE ATLÁNTIDA, LOS INVITAMOS A PASAR POR SU MUNICIPIO MÁS CERCANO INFORMARSE Y ACCEDER AL BENEFICIO.