Comunicado LICENCIAS DE CONDUCIR

Licencias de conducir

Prórrogas establecidas por el Congreso de Intendentes. Circular 60/2020.

  • Los permisos otorgados con posterioridad al 17 de marzo de 2018, cuya vigencia haya caducado al 31 de enero de 2020 inclusive, se consideran vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020.
  • Los permisos cuya vigencia haya caducado con posterioridad al 31 de enero de 2020 se considerarán vigentes hasta el 30 de abril de 2021.
  • Los permisos referidos, deberán ser acompañados con un certificado médico de aptitud para la conducción de vehículos expedido por una institución habilitada y en el cual se indique la vigencia por la que deberá expedirse el permiso en oportunidad de su renovación, de acuerdo a los criterios médicos establecidos por las reglamentaciones vigentes.

 

Se adjunta circula 60/2020 del Congreso de Intendentes.

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